El nuevo Real Decreto aprobado, que regula las titulaciones náuticas de recreo, modifica los requisitos y atribuciones de los títulos y crea nuevas habilitaciones. Estos cambios dejan los títulos náuticos como detallamos en este artículo a partir del próximo mes de enero de 2015, que será cuando entre en vigor todo lo relativo a atribuciones y requisitos de titulaciones náuticas. Respecto a la nueva licencia de navegación, la entrada en vigor será efectiva el 31 de octubre de 2014:
Autorización federativa «Titulín»
La nueva normativa elimina esta autorización y ya no es posible obtenerla. Los poseedores del «titulín» conservarán sus atribuciones, siempre y cuando la federación que la expidió remita a la Dirección General de la Marina Mercante, antes de que pasen dos meses desde la entrada en vigor del Real Decreto, los datos de la expedición del título establecidos en la norma.
ATRIBUCIONES
– Embarcaciones hasta 6 metros de eslora y potencia máxima de 40 Kw.
– Navegación en áreas delimitadas por la capitanía marítima de la zona.
– Navegación diurna.
REQUISITOS PARA SU OBTENCIÓN
– La nueva normativa ya no permitirá la obtención de esta autorización a partir de enero de 2015.
CONVALIDACIÓN
– Aquellos que lo deseen, podrán canjearlo por la nueva Licencia de Navegación realizando unas prácticas de navegación de 4 horas en una escuela homologada.
Licencia de navegación
ATRIBUCIONES
– Embarcaciones hasta 6 metros de eslora de motor y vela y motos de agua de hasta 55 CV.
– Navegación hasta 2 millas de distancia de cualquier puerto, marina o lugar de abrigo.
– Navegación diurna.
REQUISITOS PARA SU OBTENCIÓN
– Realizar un curso teórico de 2 horas en una escuela homologada.
– Realizar 4 horas de prácticas de navegación en una escuela homologada.
– Ser mayor de 18 años o 16 años con consentimiento paterno.
– Superar un reconocimiento psicofísco en un centro de reconocimiento de conductores.
Patrón de Navegación Básica (P.N.B)
ATRIBUCIONES
– Embarcaciones a motor hasta 8 metros de eslora y motos de agua.
– Navegación hasta 5 millas de distancia de cualquier puerto, marina o lugar de abrigo.
– Navegación diurna y nocturna.
REQUISITOS PARA SU OBTENCIÓN
– Superar un examen teórico, tipo test, de 27 preguntas.
– Realizar 8 horas de prácticas de navegación en una escuela homologada.
– Realizar un curso práctico de 4 horas sobre radiocomunicaciones en un simulador en una escuela homologada.
– Ser mayor de 18 años o 16 años con consentimiento paterno.
– Superar un reconocimiento psicofísco en un centro de reconocimiento de conductores.
HABILITACIONES
* Podrá habilitarse este título para llevar también embarcaciones a vela hasta 8 metros de eslora, si se realizan las prácticas de habilitación a vela de 16 horas de duración.
Patrón de Embarcaciones de Recreo (P.E.R)
ATRIBUCIONES
– Embarcaciones hasta 15 metros de eslora y motos de agua.
– Navegación hasta 12 millas de la costa y entre islas del archipiélago balear o canario.
– Navegación diurna y nocturna.
REQUISITOS PARA SU OBTENCIÓN:
– Superar un examen teórico, tipo test, de 45 preguntas o de 18 preguntas, si ya disponen del título de P.N.B, con el temario que no se incluye en esta titulación.
– Realizar 16 horas de prácticas de navegación en una escuela homologada.
– Realizar un curso teórico-práctico de radio operador de corto alcance de 12 horas de duración en una escuela homologada.
– Ser mayor de 18 años.
– Superar un reconocimiento psicofísco en un centro de reconocimiento de conductores.
HABILITACIONES
* Podrá habilitarse este título para llevar también embarcaciones a vela hasta 15 metros de eslora (o de 24 metros si se realiza la habilitación descrita en el siguiente punto), si se realizan las prácticas de habilitación a vela de 16 horas de duración (no será necesario volver a realizar estás prácticas si ya se realizaron en el título de P.N.B).
* Podrá habilitarse este título para llevar también embarcaciones hasta 24 metros de eslora y para navegar desde la península a Baleares, si se realizan unas prácticas adicionales de 24 horas.
Patrón de Yate
ATRIBUCIONES
– Embarcaciones hasta 24 metros de eslora y motos de agua.
– Navegación hasta 150 millas de la costa.
– Navegación diurna y nocturna.
REQUISITOS PARA SU OBTENCIÓN:
– Estar en posesión del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo.
– Superar un examen teórico, tipo test, de 40 preguntas.
– Realizar 48 horas de prácticas de navegación en una escuela homologada.
– Realizar un curso teórico-práctico de radio operador de corto alcance de 12 horas de duración en una escuela homologada.
– Ser mayor de 18 años.
– Superar un reconocimiento psicofísco en un centro de reconocimiento de conductores.
HABILITACIONES:
* Podrá habilitarse este título para llevar también embarcaciones a vela hasta 24 metros de eslora, si se realizan las prácticas de habilitación a vela de 16 horas de duración (no será necesario volver a realizar estás prácticas si ya tenía el título de P.E.R habilitado a vela).
Capitán de Yate
ATRIBUCIONES
– Embarcaciones hasta 24 metros de eslora y motos de agua.
– Navegación sin límite de distancia de la costa.
– Navegación diurna y nocturna.
REQUISITOS PARA SU OBTENCIÓN:
– Estar en posesión del título de Patrón de Yate.
– Superar un examen teórico, tipo test, de 40 preguntas.
– Realizar 48 horas de prácticas de navegación en una escuela homologada.
– Realizar un curso teórico-práctico de radio operador de corto alcance de 12 horas de duración en una escuela homologada.
– Ser mayor de 18 años.
– Superar un reconocimiento psicofísco en un centro de reconocimiento de conductores.
HABILITACIONES:
* Podrá habilitarse este título para llevar también embarcaciones a vela hasta 24 metros de eslora, si se realizan las prácticas de habilitación a vela de 16 horas de duración (no será necesario volver a realizar estás prácticas si ya tenía el título de Patrón de Yate habilitado a vela).
Buenas tardes,
¿Y con el PER se podrá ir a las islas Columbretes? Haciendo las nuevas practicas de 24 horas claro.
Gracias y saludos,
Carlos
Es una buena pregunta Carlos…
Si nos atenemos a lo que dice la normativa, en el artículo 9. Atribuciones complementarias de las titulaciones de recreo, podemos leer en lo que respecta al título de Patrón de embarcaciones de recreo: «Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar entre la península ibérica y las Islas Baleares».
En este caso el legislador no ha sido muy específico. Si realizamos una travesía de Castellón a Mallorca y pasamos por Columbretes entendemos que según el texto no hay problema, ahora bien si vamos y volvemos de Castellón a Columbretes, lo lógico sería que también se pudiese, pero lo que se especifica en la normativa es algo ambiguo. El texto no dice que tengamos que salir de la península y llegar a Baleares, dice «navegar entre la península ibérica y las Islas Baleares», o sea, que quizás podría entenderse que podríamos ir desde cualquier punto a la península hasta cualquier punto que esté de camino a las Islas Baleares, pero no nos atrevemos a confirmarlo.
Estamos preparando un texto con preguntas como esta para enviar a la Dirección General de la Marina Mercante. Incluiremos esta cuestión y publicaremos las respuestas cuando las tengamos.
Gracias!
Hola saludos. Mi pregunta es, si tengo el PNB y quiero sacarme el PER que temas tengo que estudiar aparte de carta nautica, y que practicas debo realizar??.
muchas gracias.
Los que tenemos el PER antiguo con la habilitación a Vela, tenemos que hacer algún trámite o algunas prácticas para que nos homologuen con las atribuciones nuevas????
No tenéis que hacer nada Javier… automáticamente se amplían las atribuciones a 15 metros a partir de enero de 2015.
Si hacéis unas prácticas de 24 horas a partir de esa fecha, además podréis ampliar las atribuciones a 24 metros y para navegar de la península a Baleares.
Hola:
¿Sólo habrá exámenes tipo test en el PER, PYATE y CYATE?, ¿Ya no hay exámen de Navegación y exámenes del resto de asignaturas en PYATE y CYATE?.
Así es JLM
y el temario para capitán de yate?
Leyendo la ley se entiende que desaparecen Teoría del Buque y radio. Hay un modulo de navegación dividido en teoría y cálculo y otro con meteo e ingles.
Buenas Pablo,
¿Puedes indicarme el articulo donde has leído los módulos en los que se dividirá Capitán de Yate?
Gracias!
intenté contestar ayer vía iPhone y no pude. La ley me la he bajado de la página de DGMM y es bastante clara. Espero que te sirva _/)_
A lo mejor es una falsa impresion por desconocimiento ,pero no son excisivas las horas de practicas de radio y comunicacion???? 12H y 18H ?????
Se dice algo en el nuevo real decreto de la practica profesional de capitán de yate ? Existen homologaciones con el titulo ingles de yachtmaster ocean ? Muchas gracias
Hola con el P.N.B. si quiero sacarme el P.E.R. que tendria que hacer gracias
Buenos días,
Que sucede si se quiere llevar embarcaciones de más de 24 metros?? Porque en las atribuciones del capitán de yate no aparece que haya opción de llevar mas eslora que la de 24 metros.
como queda el tema de poder tener un titulo para llevar a personas ya sea en lista 6º
El nuevo real decreto no recoge nada en este sentido, se espera que se desarrolle próximamente.
Hola,
Para renovar la tarjeta de Patrón de Yate no hace falta pasar el reconocimiento médico si se ha renovado el carnet de conducir hace menos de 2 años (art.22 .7) pero obligan a un reconocimiento ocular???? Entonces al final hay que hacer el reconocimiento médico en un CRC,¿qué se gana? y seguro que acaba costando lo mismo, pero si el reconocimiento del carnet de conducir lleva la revisión ocular, ¿para qué otra vez?
Vaya cambios… ?y qué ocurre con el PPER? ?cuáles son los requisitos. Gracias y saludos
Nada afecta al PPER en este real decreto. Sigue como estaba. Saludos!
Buenos Días,
Disponiendo del título PER actualmente, cuales son las practicas a hacer para la habilitación hasta 24 Metros.
Gracias
Unas prácticas de 24 horas que se podrán hacer a partir de enero de 2015. Saludos!
Mi pregunta es la siguiente. Estas atribuciones solo sirven para España? Tengo el PER y sabemos que costeando puedo ir a Italia… pero en Italia también puedo patronear un barco de 15 metros?
España sigue sin firmar el convenio internacional para expedir el ICC. De modo que dependemos de que cada país para que acepten nuestras titulaciones… En la práctica no suele haber problema.
CY: ?sirve para algo tener asignaturas aprobadas? en mi caso concreto, ya tenía aprobado inglés y radio
Gracias
Amigos de Cenautica, hay que entender que ya para Capitán de Yate, no piden astronomía , teoría del buque ni inglés, con lo que mi buen amigo y profesor Gerardo Roda y otros profesores de Cenautica lucharon para que aprobara los exámenes.
Un saludo. Rafael
yo tengo el título de patrón de yate desde hace 20 ó 25 años tendría también que habilitarlo para embarcaciones a vela como dice el último punto que ponéis sobre habilitación
Hola.
Ha cambiado algo en el titulin?
había oído que iban a poner el limite de motor en el marcado por el fabricante de la embarcación.
Gracias.
Después de leer el R.D. un par de veces, espero a que salga en el BOE la correspondiente publicación con la corrección de errores (uno de ellos el de las preguntas de navegación necesarias para aprobar el PY), y, (aunque no creo), alguna aclaración más sobre el mismo (yo entiendo que para la modificación en el PER para poder ir desde la Península a Baleares, se refieren a la singladura por el camino más corto).
Pero la principal duda que me ha surgido es sobre el asunto de las prácticas de telecomunicaciones:
Si se supone que a los PER actuales les otorgan las nuevas competencias del título, y las prácticas de telecomunicaciones son las mismas para PER, PY y CY, en concreto.
«Realizar un curso teórico-práctico de radio operador de corto alcance de 12 horas de duración en una escuela homologada».
Para que un PER se examine de PY, y a su vez un PY para CY, ¿no valdría con tener el PER y no tener que volver a hacerlas cada vez que uno se examine del siguiente título?.
Me parece una cuestión extremadamente importante ya que al aumentar las horas de esas prácticas y por lo tanto el costo, si no se tuviesen que hacer, solo aumentaría el costo de las Prácticas Obligatorias de Navegación (que también aumentan en horas), pero estaría más o menos compensado con el costo actual.
Un saludo.
Que tengo que hacer para renovar el titulin
Por favor alguien me puede decir si con el PNB y una lancha de 8 metros con la nueva normativa puedo poner mi embarcacación al servicio publico para paseos gracias.
Hola, Por algún sitio leí que los que tenían titulación PER podrían llevar los barcos matriculados con lista 6a. ¿Es así?. Gracias.
Según leo con la nueva licencia de navegación se puede navegar con embarcaciones de 6 metros de eslora de motor y vela. Embarcaciones de vela sin haber realizado prácticas?, ¿cómo es posible esto cuando en todas las titulaciones se pide realizar las consiguientes prácticas?. En caso de ser cierto no sería una discriminación hacia las demás titulaciones que deben hacer sus horas de prácticas para poder navegar con embarcaciones de vela?.
Hola, poseo el titulo de capitán de yate y soy el armador desde hace 8 años de un yate de 30 metros, esta nueva ley es restrictiva hasta el extremo de impedirme el gobierno de mi propio yate?
Gracias y un saludo.
Estoy con la titulacin P.N.B, para ampliar los metrros de eslora, hay alguna posibilidad, aunque tenga que pasar algun examen??????????????????
Tengo PER. Solo para gobierno a motor, pregunto ¿ es necesario cambiar el actual documento?
Imagino que los títulos obtenidos con anterioridad, se convalidan con los nuevos. Es así para el Patrón de Yate?
El que tenga el título de marinero pescador lo puede homologar por alguno que sale en la nueva lista? Un saludo
tengo el titulin , que tengo que hacer para legalizarlo gracias
Tengo el título de Piloto de Yate ( Yacht skipper) de Perú y el de Patrón de yate vela y motor de Argentina . Está prevista alguna convalidación ?
Son validos esos títulos en España ?
Muchas gracias
Tengo el PNB y me quiero sacar el PER. Que tengo que hacer. Cual es el temario de las preguntas pues creo que el examen es de menos preguntas.
Gracias
Soy panameño de nacionalidad y tengo el yacht captan y el yacht slip peor panameño. Puedo llevar un barco con bandera española con dichas licencias o tengo que convalidarlas. Podría alguien ayudarme. Gracias
si tengo el titulo de radiotelefonista naval restringido estoy obligado a hacer las practicas de radio para sacar el titulo PNB ?
gracias
un saludo